El Consejo de Ministros ha aprobado la remisión al Parlamento del proyecto de Ley de Igualdad de Trato, que permitirá proteger ante discriminaciones de todo tipo y que afectan a la orientación o identidad sexual entre otros factores. Se podrá multar con hasta 500.000 euros a los casos muy graves de discriminación.
El texto recoge como causas de discriminación el nacimiento, origen racial o étnico, sexo, religión, convicción u opinión, edad, discapacidad, orientación o identidad sexual, enfermedad o cualquier otra condición o circunstancia personal o social, añadiendo así a los principios recogidos en la Constitución Española la discriminación por motivo de identidad sexual y la que se produce por motivo de enfermedad.
Asimismo, acota las definiciones de discriminación directa, indirecta y medidas de acción positiva, e incorpora al ordenamiento jurídico las definiciones de discriminación por asociación y discriminación por error, discriminación múltiple, acoso discriminatorio, inducción, orden o instrucción de discriminar, represalia.
No obstante, introduce una cláusula de salvaguardia para aquellas diferencias “objetivas, legítimas y adecuadas derivadas de disposición, acto, criterio o práctica”, que se ha denominado “diferencia de trato no discriminatoria”, según ha informado el Ministerio de Sanidad.
Los colegios que separen por sexos no recibirán ayudas
“No se trata de desaparecer, sino de no financiar ese tipo de colegios”, ha añadido, para explicar que el informe del Consejo de Estado “dice claramente que en ningún caso vulnera el derecho de los padres a que sus hijos reciban una educación religiosa ni moral conforme sus convicciones y en ningún caso vulnera la libertad de educación“.
“Es cierto que dice que esta realidad debe reflejarse en las leyes educativas, pero de forma clara y rotunda dice que no vulnera los derechos de los ciudadanos y de sus padres a la libre educación“, ha reiterado Pajín, tras explicar que el órgano consultivo considera que tampoco se vulnera la libertad de creación de centros docentes ya que, al margen de la financiación pública, el modelo de educación diferenciada se puede seguir aplicando.
Creación de la Autoridad Estatal para la Igualdad de Trato
Otra de las novedades que contempla el proyecto es la creación de una Autoridad Estatal para la Igualdad de Trato y la No Discriminación, que será un organismo unipersonal e independiente que podrá investigar de oficio y prestar asistencia a afectados, entre otras funciones.
El ministerio ha señalado que el Consejo de Estado ha respaldado esta propuesta por considerar que es “coherente” con las directivas europeas y su existencia “es compatible con la existencia del Defensor del Pueblo” en España.
En cuanto al régimen sancionador con el que cuenta la norma, las infracciones se califican como leves, graves o muy graves y, además de multas, se establece una previsión de sanciones accesorias y sustitutorias. En función de la gravedad, estas multas pueden ir desde los 300 euros en casos leves hasta un máximo de 40.000 en los graves y de 500.000 en los supuestos muy graves. Además, se añade un artículo que recoge la prescripción de infracciones y sanciones.
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